Se informa que por Resolución del Registro Nacional de las Personas N° 1740/2016 del 22/07/2016 (publicada en Boletín oficial el 27 de julio de 2016), se dispuso prorrogar el plazo establecido por la Resolución N° 617/2016, hasta el 31 de marzo de 2017, a saber:
"...EL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS RESUELVE:
ARTICULO 1° Prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 617/2016 de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS P BLICAS Y VIVIENDA, hasta el 31 de Marzo de 2017, en las mismas condiciones establecidas en un todo por dicha norma...."
Así, los formatos de DNI que deben ser reemplazados son todos aquellos que hubieren sido confeccionados y personalizados en forma manual, entendiéndose por ellos los siguientes:
-LIBRETA DE ENROLAMIENTO
-LIBRETA CIVICA
-DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD TAPA VERDE Y BORDO CONFECCIONADOS MANUALMENTE;
-DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD CERO AÑO TAPA CELESTE (CONFECCIONADO MANUALMENTE EN FORMA MANUSCRITA).
Sobre documentación menores de ocho años: http://www.cancilleria.gov.ar/asistencia-consular/tr%C3%A1mites-para-arg...