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Medidas vigentes para el ingreso y el egreso al territorio nacional.

Ingreso de argentinos, argentinas, residentes y personas extranjeras debidamente autorizadas por la Dirección Nacional de Migraciones

Los argentinos, argentinas, residentes y personas extranjeras debidamente autorizadas por la Dirección Nacional de Migraciones, que presenten esquema de vacunación completo 14 días antes del ingreso y los testeos correspondientes serán exceptuados de realizar el aislamiento. Además deberán contar con el comprobante de su vacunación registrado en la Aplicación Mi Argentina, si la vacunación fue realizada en la República Argentina.

En el caso de quienes se vacunaron en el extranjero, deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación. Por otro lado, deberán desarrollar sus actividades sociales, laborales, comerciales y deportivas extremando las medidas de prevención y cuidado en los 10 días posteriores al testeo PCR negativo realizado en las 72 horas previas al embarque.

Las personas extranjeras no residentes que no vengan por motivos turísticos y que no presenten esquema completo de vacunación, debidamente autorizadas por Migraciones para ingresar al país por motivos laborales o médicos, deberán realizar la cuarentena.

Cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se formularán las pertinentes denuncias penales, en función de lo dispuesto por los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal que sancionan, respectivamente, con prisión de SEIS (6) meses a DOS (2) años, a la violación de las medidas adoptadas para impedir la introducción o propagación de una epidemia y con prisión de QUINCE (15) días a UN (1) año, a la resistencia o desobediencia a las órdenes emanadas de los funcionarios público.

Tanto la persona infectada como sus contactos estrechos deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera.

Plan piloto de turismo: apertura a países limítrofes

A partir del 1° de Octubre pueden ingresar todas personas nacionales o residentes de países limítrofes que hayan permanecido en estos durante los catorce días previos al ingreso al territorio nacional

¿Cuáles son los Corredores seguros?

  • Área Metropolitana de Buenos Aires: Aeropuerto Internacional de Ezeiza, Aeroparque Jorge Newbery, Aeropuerto Internacional de San Fernando, Terminal Portuaria de Buquebus y Terminal portuaria de Colonia Express.

  • Córdoba: Aeropuerto Internacional Ingeniero Aeronáutico Ambrosio Taravella.

  • Misiones: Centro de Frontera Iguazú - Foz de Iguazú y el Aeropuerto Internacional Cataratas del Iguazú.

  • Mendoza: Aeropuerto Internacional Gobernador Francisco Gabrielli "El Plumerillo" y Centro de Frontera Sistema Cristo Redentor, paso Horcones.

  • Ushuaia: Aeropuerto Internacional "Malvinas Argentinas" y Puerto de Ushuaia. (Desde 20/10)

Se sumarán aquellos que sean pedidos por las Provincias y cuenten con habilitación del Gobierno Nacional.

Requisitos de ingreso para los pasos aéreos, terrestres, marítimos y fluviales para el plan piloto de turismo:

  • Esquema de vacunación completo (fecha de última aplicación al menos 14 días. Argentina respeta las vacunas aprobadas por los países de origen).

  • PCR negativo 72 hs. antes y antígeno en el punto de ingreso.

  • PCR a los 5/7 días en caso de seguir permaneciendo en el país.

  • En los casos de adultos que vengan acompañados por menores de edad sin esquema de vacunación completo, estos últimos también podrán ingresar al país, pero debiendo realizar la debida cuarentena.

  • Seguro con cobertura Covid-19

  • Transcurridos 14 días desde que nuestro país alcance el 50% de la población con esquema de vacunación completo, quienes ingresen al país con el esquema de vacunación, quedan exceptuados de la realización del test de antígenos.

Reanudación de Cruceros Bioceánicos y Antárticos

A partir del 20 de Octubre
- Se habilita la temporada de cruceros.

Plan piloto de turismo: apertura todos los países

Desde el 1° de Noviembre podrán ingresar personas extranjeras no residentes de cualquier país por los corredores seguros ya mencionados y con los requisitos del plan piloto de turismo.

Avance progresivo de cupos

Cupos aéreos entre el día 1° y el día 3 de octubre: 2.300 plazas diarias

Cupos aéreos entre el día 4 y el día 10 de octubre: 21.000 plazas semanales

Cupos aéreos a partir del día 11 de octubre y hasta los 14 días de alcanzar el 50% de la población con vacunación completa: 28.000 plazas semanales.

Según lo informado por la ANAC el 5 de octubre, gracias a que se alcanzó el 50% de la población vacunada con esquema completo, y de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 951/2021, el 19 de octubre se eliminará el cupo en la cantidad de pasajeros que ingresan al país por vía aérea.

Frecuencias marítimo fluviales: 5 operaciones semanales por cada una de las empresas transportadoras de pasajeros.

ANAC, Migraciones, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y el Ministerio de Salud, coordinarán las acciones para que los argentinos, las argentinas y los residentes que se encuentren en el exterior y cuyos viajes fueron reprogramados y/o cancelados reingresen al territorio nacional.

Declaración Jurada Electrónica para el Ingreso y Egreso al/del Territorio Nacional

Administración de fronteras en el mundo en el marco de la pandemia

APP CUIDAR

COVID-19 del Ministerio de Salud

Obligatoriedad del uso de la aplicación COVID-19 para toda persona que ingrese al país:
Con el propósito de contar con datos que permitan implementar las medidas necesarias para proteger la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, el Ministerio del Interior a través de la Dirección Nacional de Migraciones dispone que todas las personas que ingresen al país deberán utilizar la aplicación COVID 19-Ministerio de Salud en su versión para dispositivos móviles, o en su versión web, por el plazo mínimo de 14 días. aquí

 

INFORMACION DE LA PAGINA DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

https://www.argentina.gob.ar/interior/migraciones/ddjj-migraciones

 

 

Fecha de actualización: 06/10/2021